CCEPL advierte que distribución de las salas violenta la Constitución

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El Consejo Central Ejecutivo del Partido Liberal (CCEPL) advierte que la distribución de las salas, anunciada por la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Rebeca Lissette Ráquel Obando, violenta la Constitución de la República. A continuación el comunicado:

El Consejo Central Ejecutivo del Partido Liberal, ante la crisis generada al interior del Poder Judicial por la inadecuada confirmación de las salas de dicho poder, en particular de la Sala de lo Constitucional, se manifiesta en los siguientes términos:

Primero: la Corte Suprema de Justicia es un cuerpo colegiado por definición, en donde las decisiones se toman por unanimidad o por mayoría y su presidenta, de acuerdo al artículo 315 constitucional párrafo final, debe representar a dicho poder del Estado y en ese carácter actuará de acuerdo con las decisiones adoptadas por la Corte en pleno, por lo que, una distribución de las responsabilidades de las distintas salas vía oficio es violatoria del texto constitucional.

Segundo: que al establecer con claridad que en el artículo 16 del reglamento interno vigente, reformado, del Poder Judicial señala que no puede repetir ninguno de los magistrados en la presidencia de las salas: y al referirse a la integración de estas, indicando que no podrán cambiar la misma, sin seguir el procedimiento de votación determinado. Por lo cual, al alterar el orden de precedencia se rompe el orden y la armonía dentro del máximo tribunal colegiado. Tiñendo de opacidad, a las decisiones administrativas de un ente apolítico. Generando a la institucionalidad del máximo órgano de la justicia, incalculables consecuencias y perjuicios para nuestra democracia.

Tercero: el orden de precedencia ha sido y debe ser respetado históricamente para no crear estos cismas que dañan la imagen del país, exhortamos para que se continúe con ese actuar conforme a ley.

Cuarto: como institución garante de la Constitución y de las leyes, hacemos un llamado respetuoso a la CSJ como cuerpo colegiado para que, en apego a la Constitución, al Reglamento Interno del Poder Judicial y la Sala Constitucional y al acuerdo del año 2023, donde se estableció la precedencia respectiva, se convoque de manera inmediata al Pleno de Magistrados para que, de manera legal y democrática, se decida si se harán cambios a la precedencia ya establecida previamente.